Corte avala prohibición de comida chatarra en escuelas 

Corte avala prohibición de comida chatarra en escuelas 
  • El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el derecho a la salud y el interés superior de la niñez prevalecen sobre los intereses comerciales de las empresas;  se informó que la medida es para los planteles educativos de todos los niveles en México

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la regulación alimentaria que impone restricciones a la preparación, distribución y venta de comida chatarra y bebidas de bajo valor nutricional en escuelas y planteles educativos de todos los niveles en México.

A través de cuenta X, la SCJN precisó que, aunque las y los estudiantes de educación media superior y superior sean mayores de 18 años, “el Estado puede establecer reglas sobre los productos que se ofrecen dentro de los planteles para garantizar esos derechos”.

Además, aclaró que las medidas no prohíben de manera general la comercialización o el consumo de estos productos, sino que “únicamente regulan su venta dentro de las escuelas, por lo que las empresas pueden seguir comercializándolos fuera de los planteles”. 

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Corte dio prioridad al derecho a la salud

A través del análisis del amparo en revisión 127/2026, el máximo tribunal concluyó que las medidas de regulación alimentaria priorizan la protección del derecho a la salud y el interés superior de la niñez frente a los intereses económicos y de libertad de comercio de las empresas comercializadoras. 

De esta forma, la SCJN le negó la protección de la justicia federal a una empresa comercializadora de alimentos que impugnó las normas expedidas por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Secretaría de Salud.

Corte avala prohibición de comida chatarra en escuelas 

Regulación comercial dentro de las escolares

Al presentar la propuesta de sentencia, la ministra ponente María Estela Ríos González precisó que las normas evaluadas no prohíben el desarrollo de las actividades económicas.

“En relación con la libertad de trabajo y la libre concurrencia, los lineamientos impugnados no prohíben de manera absoluta la comercialización de alimentos y bebidas. Únicamente regulan su venta dentro de los centros escolares”, señaló la funcionaria judicial.

Asimismo, la resolución establece que la intervención del Estado en los entornos escolares busca proteger el derecho a la salud y a la alimentación nutritiva de los educandos, un derecho que prevalece sobre los intereses comerciales de los particulares. 

Los ministro sustuvieron que las cargas regulatorias derivadas de la norma no configuran una violación constitucional, ya que la protección de la salud infantil reviste mayor relevancia frente a los perjuicios económicos que pudieran ocasionar a los comercializadores.

Medida chatarra, al interior de los planteles

Durante la sesión, los ministros del pleno aclararon que la limitación operará exclusivamente al interior de los planteles educativos, sin impedir que la actividad mercantil de las empresas continúe fuera de los inmuebles.

El ministro Irvin Espinoza Betanzo aseguró que la restricción no funciona como una prohibición comercial absoluta.

“Las normas prohíben sin excepción la venta de una lista de productos dentro de los planteles escolares. La prohibición comprende todos los productos de esa lista y no va más allá del plantel”, detalló.

Por su parte, el ministro Giovanni Figueroa Mejía destacó la validez constitucional de restringir alimentos y bebidas que rebasen los límites de azúcares añadidos, grasas saturadas y sodio, bajo el objetivo de promover estilos de vida saludables.

Finalmente, el máximo tribunal declaró inválidos los argumentos en los que la empresa quejosa alegó una supuesta afectación al libre desarrollo de la personalidad del estudiantado.

El fallo determinó que una sociedad mercantil carece de legitimación para defender derechos de carácter personalísimo pertenecientes a los alumnos. Al eliminar el punto de devolución al Tribunal Colegiado, la SCJN resolvió el amparo de forma definitiva y directa.

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